CP aseguran que tienen hasta el 23 de enero para elegir a la nueva directiva

MA
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20 de diciembre de 2023
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03:32 am
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CP aseguran que tienen hasta el 23 de enero para elegir a la nueva directiva

La Comisión Permanente recuerda que el 17 diciembre de 2015, con moción del diputado nacionalista de ese entonces, David Chávez, se eligió junta directiva del Legislativo, para el período 2016-2018.

Frente a la desinformación que se ha difundido en las redes sociales, en cuanto a que solo el 23 de enero del 2024, se puede hacer la elección de la junta directiva que fungirá para los dos años restantes del período constitucional, la Comisión Permanente comunica al pueblo hondureño que esta afirmación no es cierta, tal como se explica a continuación:

¡El último párrafo del artículo 195! de la Constitución y el artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, establecen claramente que el presidente del Congreso Nacional ejercerá sus funciones por un período de 4 años y será el presidente de la comisión permanente. Y el resto de la junta directiva durará en sus funciones 2 años, pudiendo ser reelecta (en la elección intermedia).

Esto es, que en el período de 4 años constitucionales en el que ejercen sus funciones los congresistas del Congreso Nacional existirán dos elecciones de la junta directiva. Puesto que la junta directiva dura en sus funciones constitucionalmente 2 años, pudiendo ser reelecta.

La segunda es una elección intermedia que se elige para los 2 años restantes de este período.

Ni la Constitución, ni la Ley Orgánica del Poder Legislativo establecen una fecha en concreto para realizar la elección intermedia de la junta directiva o la elección para los dos años
restantes del período.

Por lo que, no existe impedimento constitucional, ni legal alguno para que se pueda elegir antes de finalizar los dos años, es decir, antes del 23 de enero.

Los miembros de la actual junta directiva ejercerán sus funciones hasta el 23 de enero del 2024, excepto el presidente del Congreso Nacional, cuyo período constitucional vence el 20 de enero del 2026.

Los archivos históricos que se encuentran en la Secretaría de este poder del Estado registran que varias de las elecciones intermedias de juntas directivas para los dos años finales del período constitucional para el que fueron electos, se han efectuado en fechas anteriores al 23 de enero.

Tal es el caso de la elección que se efectuó el 17 de diciembre del 2015, se adjunta votación que consta en Acta No. 32.

1.- Constitución de la República: “Artículo 195. El veintitrés de enero se reunirán los diputados en su última sesión preparatoria para elegir la directiva en propiedad.

El presidente del Congreso Nacional ejercerá sus funciones por un período de (4) cuatro años y será el presidente de la Comisión Permanente. El resto de la directiva durará (2) dos años en sus funciones.”

2.- Ley Orgánica Poder Legislativo: “Articulo 8.- El presidente del Congreso Nacional ejerce sus funciones por un período de cuatro (4) años, el resto de la junta directiva durará dos (2) años pudiendo ser reelectos”.

Por lo que se reitera, que no es cierto que solo el 23 de enero debe ser la elección intermedia de la Junta Directiva del Congreso Nacional o para los dos años siguientes o restantes del período constitucional.

La Comisión Permanente, pese a la fuerte campaña mediática de distorsión y desinformación para confundir al pueblo hondureño, seguiremos respetando y cumpliendo con lo establecido en la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

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