El laudo arbitral en la delimitación territorial

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16 de enero de 2024
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El laudo arbitral en la  delimitación territorial

José María Díaz Castellanos

Nicaragua presentó el 8 de diciembre de 1999, una demanda contra Honduras ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), para determinar el límite de espacios marítimos entre ambos países en el mar Caribe. La Organización de Estados Americanos (OEA), decidió intervenir en el conflicto marítimo, para lo cual asignó un enviado especial. (LA TRIBUNA 8 de diciembre de 1999). En este caso se dictó sentencia el 9 de octubre del 2007.
En 1906 el rey de España Alfonso XIII definió los límites territoriales de Honduras y Nicaragua. Nicaragua argumentó que el rey se excedió a favor de Honduras e impugnó en 1912. El alegato fue llevado a la Corte Internacional de Justicia en 1950. En 1960, la CIJ reconoció que el laudo era válido y que Nicaragua estaba obligado a aceptarlo. (El Heraldo 12 de marzo del 2007). Diario El Heraldo nos anunciaba que, en el Palacio de la Paz, sede de la CIJ se encuentra la biblioteca más grande de Derecho Internacional del mundo. Se aclara que la CIJ se formó con la Carta de las Naciones Unidas en 1945 y que solo dirime casos de estados y no individuales (25 de marzo del 2007). Deberá recordarse que la CIJ es el órgano judicial principal de las NNUU. En 1946 continua la labor de la Corte Permanente de Justicia Internacional.

Cuando nos independizamos se incorpora el concepto de “soberanía” a nuestra Constitución de 1825 pero no teníamos definido el territorio, empezamos la batalla para que los países nos reconocieran, pero al mismo tiempo Frederick Chatfield empezó a cobrar deudas por los prestamos obtenidos. México fue el primer Estado Iberoamericano en suscribir un Tratado con España el 28 de diciembre de 1836 (Tratado de Santa María Calatrava), donde expresamente se le reconocía la independencia como República (Ismael Zepeda. Las relaciones internacionales Honduras España. Antecedentes Históricos. LA TRIBUNA 2 de julio del 2006). En tiempo de Policarpo Bonilla se firma el Tratado de Paz y Amistad con España (28 de agosto de 1895). Se considera esto un reconocimiento de nuestra independencia. El primer embajador de Honduras en España fue el abogado Juan Bautista Valladares Rodríguez.

El 2 de octubre de 1889 al 19 de abril de 1890 se celebra la primera Conferencia Internacional Americana de Washington donde se establece el arbitraje como un instrumento de solución de conflictos.
Vemos entonces que la Constitución de Honduras de 1982 en el artículo 9 nos dice que nuestro territorio se ha venido formando así: Con Guatemala sentencia arbitral (laudo) del 23 de enero de 1933. El presidente de Honduras era el Dr. Vicente Mejía Colindres (1 de febrero de 1929 al 1 de febrero de 1933); con Nicaragua los límites establecidos por una Comisión Mixta de límites territoriales de 1900 y 1901 más el laudo del rey de España de 1906; con El Salvador lo establecido en el tratado de paz más la sentencia de la CIJ que no aparece en la Constitución de 1982 por haberse emitido en 1992. En conclusión, nuestro territorio está formado por arreglos directos, laudos arbitrales y sentencias de la CIJ.

El otro problema grave para la paz es Guyana y Venezuela y que, si bien es centenario, aparece en pleno periodo electoral en Venezuela. Aquí Venezuela dice desconocer a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y amenaza militarmente y Guyana contesta que apelará a los artículos 41 y 42 de la Carta de las Naciones Unidas que facultan al Consejo de Seguridad para tomar acciones militares y aplicar sanciones. El problema de agrava porque Venezuela también desconoce el laudo arbitral del 3 de octubre de 1899, entonces pareciera que nos alejamos del derecho y la única opción es militar.

El 3 de octubre de 1899 un Tribunal Arbitral emite laudo resolviendo el conflicto. Comparece Estados Unidos en representación de Venezuela; por otra parte, el Reino Unido como propietario de la colonia Guayana británica, actual República Cooperativa de Guyana. El argumento de Venezuela fue el Uti Possidetis Iure (Como poseías seguirás poseyendo), porque esto le correspondía al momento de su independencia en 1810. En 1962 se encontraron documentos que comprometen la legalidad e imparcialidad del laudo. La ONU admitió el reclamo que condujo al Acuerdo de Ginebra que permitiría llegar a un acuerdo final. En este Acuerdo, Guyana sustituye al Reino Unido en la controversia el 26 de mayo de 1966, fecha en que recibe su independencia.
Opino que el laudo tiene vicios de nulidad, pero esto no garantiza si en un nuevo juicio ese territorio le quedara a Venezuela ya que la Real Cedula de 1777 (Creación de la Capitanía de Venezuela), no especifica hasta dónde llega el territorio.

Si bien Venezuela desconoce a la CIJ, esta el 18 de diciembre del 2020, consideró que sí era competente para conocer del laudo del 3 de octubre de 1899.

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