Cuando la libertad depende de un jurado

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4 de febrero de 2024
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12:07 am
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Cuando la libertad depende de un jurado

Por: Doctor Horacio Ulises Barrios Solano

Thomas Jefferson destacó el carácter primario del jurado en la participación ciudadana en los asuntos públicos: “Si fuera llamado a decidirse el pueblo debe ser excluido del departamento Legislativo o del Judicial, escogería el Legislativo pero, la denominada nullification of law es una de las cuestiones más controvertidas en el Derecho norteamericano empero, es una garantía exponencial del imputado frente al poder de los fiscales que va ser juzgado por un jurado en la Unión Americana.

El jurado “clásico” se elige por sorteo en base al Padrón Electoral compuesto por doce ciudadanos legos bajo una perspectiva de género, es decir, que la composición del tribunal sea de seis hombres y seis mujeres, cuyo reconocimiento en el sistema de enjuiciamiento penal norteamericano federal se basa desde dos puntos de vista, a) como una garantía procesal del acusado prevista en la VI Enmienda de la Constitución, y b) como un órgano jurisdiccional, no obstante, debido a su configuración permite que el jurado pueda absolver al acusado a pesar de que existan pruebas suficientes que objetivamente demuestren que el acusado es culpable, regulado en la legislación ordinaria, requiriéndose en el proceso penal federal doce jurados, aunque se prevén excepciones a la regla general, que deberán adoptar su veredicto por unanimidad. El jurado norteamericano no aplica el Derecho, pues su decisión sobre culpabilidad o inculpabilidad por un determinado delito es la afirmación que ha de realizar en atención a los hechos que tenga por probados o no. El jurado norteamericano aplica las instrucciones que recibe del juez. A él no le corresponde subsumir los hechos en las normas penales, sino que se limita a afirmar que el acusado es o no culpable de un determinado delito. Es a este a quien corresponde exponer los hechos que han de resultar probados más allá de cualquier duda razonable por parte de la acusación, para poder declarar al acusado culpable por el delito que se le atribuye de acuerdo con la legalidad vigente.

George P. Fletcher conspicuo académico de los Estados Unidos en los campos del derecho penal internacional y comparado, declaró lo siguiente: “En septiembre de 1995, cuando esperábamos nerviosos el inminente veredicto en el juicio de O. J. Simpson, (nadie cuestiona el delito de asesinato y mucha gente está convencida de que había pruebas suficientes para condenar a O. J. Simpson por el asesinato de su mujer y de un amigo de esta. Pero el jurado desafió no solo la ley que prohíbe el asesinato, sino también la evidencia de las pruebas presentadas contra Simpson y, tras cuatro horas de deliberaciones, declaró: “El veterano héroe del fútbol americano no es culpable”) unos jueces del Tribunal Supremo de Israel me preguntaron cómo podía justificar el sistema americano del jurado en los juicios penales: “Bueno, deben comprenderlo”, empecé a decirles, “he crecido con ese sistema y creo en él”. En aquel momento no tuve fuerza suficiente para recitar la conocida historia de que el jurado sirve como “baluarte” frente a la tiranía gubernamental. Podría haberles dicho que los americanos somos verdaderos revolucionarios y creemos en que hay que darle todo el poder al pueblo. Si el pueblo no quiere condenar, la ley pierde su vigencia. Pero ¿cómo podía darles ese argumento a un grupo de jueces que pretenden ser los guardianes de la ley? ¿Cómo podía decirles que en mi opinión las decisiones de un jurado pueden estar por encima de las reglas de la ley?

El juez White, del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, expresaba mis sentimientos cuando escribió: “Se garantiza a los acusados penalmente el derecho a un juicio por jurado para prevenir la opresión del gobierno… Concederle al acusado este derecho a ser juzgado por sus iguales es una inestimable garantía frente al acusador corrupto o excesivamente celoso y contra el juez complaciente, excéntrico o lleno de prejuicios”.

Los americanos asumimos que el gobierno es siempre proclive a impedir el control de sus actos, y que, por eso, en última instancia, solo un jurado compuesto por gente profana en derecho es el último baluarte de la libertad individual. Pero no es esta la única razón que justifica el sistema del jurado. Cuando el filósofo francés, Alexis de TocquevilIe, visitó los Estados Unidos a principios del siglo XIX, quedó impresionado por el poder que el pueblo tenía en el jurado, y escribió: “No sé si el jurado es útil a aquellos que tienen litigios, pero estoy seguro que es altamente beneficioso para aquellos que los juzgan… Es el medio más eficaz que la sociedad puede emplear para educar al pueblo. Enseña a los hombres a practicar la equidad; cualquiera aprende a juzgar a su vecino como el mismo sería juzgado”.

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