Genocidio

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7 de febrero de 2024
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12:31 am
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Genocidio

José María Díaz Castellanos

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió el viernes medidas cautelares contra Israel para pedirle pasos “inmediatos y efectivos” que impidan la comisión de un genocidio y que castigue cualquier incitación al exterminio de los palestinos de la franja, aunque no le exigió un “alto al fuego” como lo había solicitado Sudáfrica. Este es un caso iniciado por Sudáfrica que acusó al Estado de Israel de tener una intención “genocida” en Gaza (LA TRIBUNA 27 de enero del 2024).

El genocidio es el exterminio o eliminación sistemática de un grupo humano por motivos de raza, etnia, religión o nacionalidad (Real Academia de España). El término fue acuñado y definido por primera vez por el jurista judío polaco Raphael Lemkim, que en 1939 había huido del holocausto y encontrado asilo en los Estados Unidos. Escribió un libro titulado “El poder del eje en la Europa Ocupada”, publicado en 1944; aclara que el genocidio no significa necesariamente la destrucción inmediata de la nación… según el sociólogo e historiador estadounidense Michel Mann, el genocidio es el grado más extremo de violencia intergrupal y el más extremo de todos los actos de limpieza étnica (Wikipedia).

Algunos ejemplos de genocidios es el holocausto en Europa entre 1941 y 1945 donde fallecieron 6,000,000 de judíos. Este caso es numeroso, pero no tanto como lo sucedido en las invasiones mongolas en Asia entre 1206 y 1324 donde fallecieron 11,000,000. Guatemala es un ejemplo de genocidio cuando entre 1960 y 1966 fallecieron 25,000. Honduras no se menciona entre los ejemplos de genocidio, aunque recuerdo que en la guerra con El Salvador (1969) los hondureños acusábamos a los salvadoreños de “genocidas”.

Las Naciones Unidas en 1946 consideró el genocidio como un delito de derecho internacional y aprueba la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio que entró en vigor en 1948. Esta Convención no define el genocidio pero entiende por tal, cualquiera de los siguientes actos, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, racial o religioso; como la matanza de miembros del grupo, lesión grave a la integridad física de esos miembros, sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción, física, total o parcial, medidas para impedir los nacimientos en el seno del grupo y el traslado por la fuerza de niños del grupo a otros grupos.
Es interesante el caso de la invasión rusa a Ucrania donde secuestraron niños y se los llevaron a Siberia; esto fue denunciado, pero no se ha hablado de genocidio.

¿Si es delito el genocidio cuál es el tribunal competente para conocerlo? El artículo VI de esta Convención de 1948, señala que las personas acusadas de genocidio serán juzgadas por un tribunal competente del Estado en cuyo territorio el acto fue cometido, o ante la Corte Penal Internacional que sea competente respecto de aquellas de las partes contratantes que hayan reconocido su jurisdicción.

La Corte Penal Internacional de la cual Honduras es parte y ratificó la Convención, señala que una Corte Internacional será una institución permanente facultada para ejercer jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional. La Corte es competente para conocer de los crímenes de genocidio (artículos 1 y 5 literal a). En el periodo 2002-2004, nos tocó como Colegio de Abogados dictaminar favorable para que Honduras ratificara la Convención en el Congreso Nacional (Diario Oficial La Gaceta del 24/6/2002). Los directivos ni cuenta se dieron porque les interesaba más manejar los fondos del CAH.
El Código Penal de Honduras vigente a partir del 2020. Incluyó el genocidio como delito dentro del título Delitos Contra la Comunidad Internacional, junto con otros delitos como crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, agresión, delitos contra el derecho de gentes (violación de inmunidad diplomática), fabricación y posesión de armas o medios de destrucción masiva, piratería, delitos contra el tráfico de órganos, manipulación genética (clonación), delitos relativos a la energía nuclear.

Las noticias indican que el fallo de la Corte Penal Internacional ante la denuncia de Sudáfrica contra Israel fue bien recibido por Israel, Sudáfrica y los palestinos, pero al mismo tiempo nadie obtuvo lo que pedía. La Corte no ordenó detener la guerra (alto al fuego) sino tomar las medidas para impedir el genocidio. Esta es la primera vez que Israel es denunciado acusado de violar la Convención contra el genocidio de 1948. Entiendo la posición de Israel de que si lo atacan tienen que defenderse, lo que no entiendo es la matanza de la población civil que pareciera que es un genocidio, aunque la Corte no es esto lo que dice, sino impedir que caigamos en genocidio.

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