Secretaría de Salud contrata médicos cubanos

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8 de febrero de 2024
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12:44 am
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Secretaría de Salud contrata médicos cubanos

Por: José Rolando Sarmiento Rosales

Coincidentemente con información publicada por Diario El País editado en San Pedro Sula, intitulada: “Honduras y Cuba firman acuerdo para contratar 86 médicos cubanos”, supuestamente para hacer frente a “la carencia de profesionales de medicina” que tiene el país, acuerdo de cooperación suscrito por la ministra de Salud de Honduras, Karla Paredes, y el embajador de Cuba Juan Roberto Laforte, la Organización Prisoners Defenders desde Europa nos hizo llegar la denuncia presentada en contra del gobierno de Cuba en la sede de Naciones Unidas, por la práctica irregular de contratación de sus médicos en varios países del mundo, lo que ha dado lugar a que: EL 2 DE ENERO DE 2024 SE HIZO PÚBLICA LA ACUSACIÓN DE NACIONES UNIDAS SOBRE LA ESCLAVITUD PRESENTE EN SUS MISIONES DE TRABAJO INTERNACIONALISTAS… CUBA CONTESTA FUERA DE PLAZO SOBRE ACUSACIONES DE TRABAJO FORZOSO Y NO RESPONDE A LAS ACUSACIONES CONCRETAS DE LOS RELATORES DE LA ONU.

1. Las acusaciones de la tercera denuncia de Naciones Unidas por esclavitud a Cuba. El 2 de enero de 2024 Naciones Unidas hizo pública la Carta Acusatoria que envió al régimen de Cuba acusándolo de trabajo forzoso, una de las formas de esclavitud moderna tal y como apuntaran las Relatoras Especiales de Trata de Personas y de Esclavitud el 6 de noviembre de 2019, en la primera de las tres acusaciones de esta naturaleza que recibió el régimen de La Habana por parte solo de Naciones Unidas. La CIDH pone foco en el asunto en cada informe anual de Cuba desde 2020, el Parlamento Europeo acusó a Cuba de esta esclavitud en 3 resoluciones, y así también acusaron de lo mismo al régimen de Cuba en sendos informes Human Rights Watch, Human Rights Foundation o sobre esta esclavitud escribió el British Medical Journal, entre otras muchas instituciones, organismos y ONG, además de innumerables periódicos como el New York Times, Euronews, El País, Le Monde, Le Point, Il Giornale y cientos de periódicos y medios de prensa internacionales por todo el mundo.

2. ¿Por qué Cuba ejerce la esclavitud sobre sus trabajadores en el exterior? El Relator Especial citó a continuación frases concretas extraídas de la legislación cubana que regula las misiones, en concreto la Resolución 368 de 2020 del MINCEX, “Reglamento disciplinario para los trabajadores civiles cubanos que prestan servicios en el exterior como colaboradores”: “…las personas trabajadoras reclutadas muchas veces no tienen información precisa sobre el lugar de destino y el lugar de trabajo (por ejemplo, un hospital) hasta que llegan al país de destino. Una vez en el exterior, las personas reclutadas deberían cumplir con la legislación cubana y, entre otras obligaciones, informar a su superior inmediato sobre una relación de pareja con una persona cubana o extranjera. Además, cualquier visita familiar o de amigos en la localidad donde una persona trabajadora de Cuba presta servicios, o la intención de contraer matrimonio en el país donde presta servicios, tendría que ser anunciada al superior inmediato. Los trabajadores sujetos a restricciones de movimiento, incluso durante días libres. Tampoco podrían elegir su lugar de vacaciones libremente…”. “…el artículo 176 (antes 135) del Código Penal cubano prevé penas de 8 años de prisión para los profesionales que abandonen su puesto de trabajo o no regresen a Cuba después de cumplir una misión laboral. Existe una prohibición de facto para los padres que terminaron un contrato civil en el extranjero de reunirse con sus hijos o hijas, a veces durante hasta ocho años…”. El Comunicado del Relator indica el factor clave de esta situación: “…la exportación de personal profesional especializado, particularmente sanitarios, sigue siendo la principal fuente de ingreso del gobierno de Cuba…”.

3. La respuesta de Cuba. “El actuar del gobierno cubano es lícito”, haciendo referencia al “artículo 16 de la Constitución de la República de Cuba”. Más aún, el gobierno de Cuba llega incluso a indicar que “el profesional es libre de poner fin a ese Contrato Individual de Trabajo”, pero inmediatamente indica algo que es significativo, “y regresar a Cuba o, en su caso, optar por otra situación migratoria”, admitiendo que si dejan el contrato tienen que regresar a Cuba o atenerse a la legislación migratoria, entre ellas el Código Penal, artículo 176, que les impone 8 años de prisión si no regresan a Cuba al término del contrato.

De lo que Cuba cobra por el servicio de sus médicos, la titular de salud de Honduras solamente expresa que ganan menos que los médicos hondureños, pero un informe publicado por Prisoners Defenders asegura que el salario líquido mensual del profesional cubano en Honduras es de 174 USD. “El gobierno de Cuba obtiene anualmente por sus médicos en países del mundo unos 6 mil millones de dólares. Cuba, por tanto, está ejerciendo el capitalismo esclavista de Estado con motivos exclusivamente económicos, gracias a la extracción de los salarios de los profesionales, la peor lacra de la humanidad que el ser humano debió haber dejado atrás tras el negro recuerdo de siglos pasados, donde numerosos estados, como Corea del Norte y Cuba ahora, ejercían la esclavitud y trabajo forzoso de manera institucional”, concluye Prisoners Defenders.

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