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8 de enero de 2024
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12:05 am
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FEPA

Por: Rodolfo Dumas Castillo

A finales del año pasado, la administración Biden aprobó la “Ley de Prevención de Extorsión en el Extranjero” (FEPA), que criminaliza cualquier intento por parte de un funcionario público extranjero de solicitar sobornos a individuos o empresas estadounidenses, ya sea dentro de los Estados Unidos de América o en su jurisdicción. Esta medida refleja las prioridades establecidas por ese gobierno, que considera la lucha contra la corrupción como una cuestión de seguridad nacional.

Esta complementa la “Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero” (FCPA), que prohíbe los sobornos a funcionarios extranjeros. La FEPA penaliza a quienes soliciten o acepten beneficios de personas o empresas estadounidenses a cambio de acciones oficiales o ventajas comerciales indebidas, con multas de hasta $250,000 o tres veces el valor del soborno, así como penas de prisión de hasta 15 años (o ambas). Afronta la “demanda” en casos de corrupción, mientras la FCPA se enfoca en la “oferta”, asegurando que ambos aspectos del delito estén cubiertos.

La ley expande la definición que la FCPA tiene de “funcionarios extranjeros” e incluye los siguientes: a) “figuras políticas extranjeras de alto rango”, que incluye oficiales extranjeros (electos o no), ciertos políticos, ejecutivos de empresas públicas y sus familiares, asociados cercanos y negocios; o b) cualquier persona que actúe en una capacidad oficial en nombre de dichas entidades. La ley también enmienda el decreto que criminaliza el soborno de oficiales federales (Sección 201 del Título 18 del Código de Estados Unidos), agregando la subsección “Prohibición de Demanda de Soborno”.

Esta ley se fundamenta en la misma estructura jurisdiccional de la FCPA y por ello criminaliza el soborno en los Estados Unidos o con personas o compañías con suficientes nexos a ese país. Específicamente incluye lo siguiente: infractores que cometan actos dentro de territorio estadounidense; que hagan pedidos a compañías que son emisoras de acciones estadounidenses o que lo hagan a los que se consideran “intereses de los Estados Unidos”, es decir, ciudadanos, corporaciones u otras entidades de negocios.

Hasta ahora el Departamento de Justicia había tenido que interponer acciones contra funcionarios extranjeros fundamentándose en otras leyes, por ejemplo, normas sobre lavado de activos o de fraude bancario. Bajo la nueva ley los funcionarios extranjeros acusados de pedir sobornos podrán ser arrestados al ingresar a territorio estadounidense, y si viven o viajan a un país con el que Estados Unidos tenga tratado de extradición. Esto significa que el Departamento de Justicia siempre actuará contra este tipo de funcionarios, sin importar su ubicación.

La ley FEPA obliga al Departamento de Justicia a presentar un informe anual al Congreso, detallando la prevalencia de conductas contempladas por el decreto y evaluando la eficacia en su implementación. Este informe también debe publicarse en el portal del Departamento de Justicia. En la elaboración de dicho informe, el gobierno evaluará la escala de sobornos solicitados a empresas estadounidenses en el extranjero, haciendo uso de sus propias investigaciones, pero también aprovechará la colaboración con otros gobiernos, como los de Reino Unido, Alemania y Francia, que ya cuentan con leyes similares.

Esta ley se presenta como un desafío significativo para los funcionarios corruptos, ya que les resultará prácticamente imposible eludirla. En caso de ser identificados como infractores, la justicia estadounidense les perseguirá incansablemente, extendiendo su alcance a cualquier lugar al que intenten escapar. Además de constituir una herramienta poderosa en la lucha global contra la corrupción, esta ley es un indicativo de la creciente importancia que tienen para las empresas el entendimiento y la adhesión a este tipo de normativas. Esto se vuelve especialmente crucial cuando mantienen relaciones comerciales con naciones que poseen este tipo de leyes, ya que están implícitamente sujetas a ellas.

La implementación de esta ley implica que las empresas deben revisar y actualizar sus programas de cumplimiento (compliance), enfocándose especialmente en normativas antisoborno y anticorrupción. Esto implica fortalecer la formación de sus oficiales y empleados, sobro todo quienes interactúan con funcionarios de acuerdo con la amplia definición contenida en esta ley. Las empresas también deberán fortalecer sus gestiones de debida diligencia en relación con terceros, con el objetivo de identificar y evaluar cualquier conexión o relación con este amplio espectro de funcionarios extranjeros.

Correo: [email protected]

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