Lo condenan por andar arma prohibida

MA/2 de June de 2021/01:20 a. m.

Culpable del delito de portación ilegal de arma de fuego prohibida en perjuicio del orden público fue declarado Maycol Onán Rodríguez Sorto, por parte del Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de San Pedro Sula, a través de la Sala Primera, luego de analizar y valorar las pruebas evacuadas en el debate y deliberar.

La audiencia de individualización de la pena concreta se estableció para las 9:00 de la mañana del lunes 15 de junio del presente año.

Las pruebas documentales, periciales y testificales acreditadas y valoradas reflejan la acreditación del delito, cuya pena mínima y máxima es de 6 a 8 años de prisión, razón por la que se mantiene la medida cautelar de la prisión preventiva.

El pasado sábado 27 de mayo del 2019, como a eso de las 3:00 de la tarde, agentes de la Policía Nacional realizaban un patrullaje por la calle principal de la colonia Bosques de Choloma, en Choloma, Cortés.

Así observaron a dos sujetos que, al ver a los elementos policiales, pretendieron huir del lugar, no obstante, fueron requeridos por los agentes del orden, quienes les practicaron un registro personal.

Uno era menor de edad y el otro dijo llamarse Maycol Onán Rodríguez Sorto, a quien le encontraron portando un arma de fuego tipo fusil marca Colt modelo M-16 calibre 5.56 milímetros, con un mecanismo de disparo automático, por lo que fue detenido y remitido a la Fiscalía.

El arma decomisada a Rodríguez, de acuerdo al artículo 580 numeral 2 y último párrafo del Código Penal vigente, y en relación al artículo 24 numeral 1, sobre la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados, es parte de las armas de fuego de uso prohibido a particulares. Su funcionamiento automático es material de guerra o fines bélicos y se reserva a las instituciones de defensa, seguridad o al sistema penitenciario del Estado. (XM)

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