SILENCIO ATRONADOR

ZV
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22 de noviembre de 2021
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12:32 am
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SILENCIO ATRONADOR

A pocas horas del silencio electoral. Pero solo aplicable a las bocinas de la mitad del mundo de las comunicaciones pero no a los ruidosos altoparlantes de la otra mitad. ¿Quiénes y cómo, una vez que callen a los medios de difusión convencionales, van a impedir que siga la guerra empedernida por las redes sociales? Eso es parecido a las ordenanzas edilicias que emiten prohibiendo la pólvora en épocas festivas. Son acatadas por el comercio formal. Pero ¿qué control tienen sobre el mercado negro? A la hora en punto de la medianoche –de la Nochebuena– la detonación de cohetillos, morteros, cebollas, tronadoras, volcanes, silbadores, carreras de bombas retumba en incesante explosión que dura hasta horas del amanecer. Los legisladores, ajenos al veloz avance de las comunicaciones, se quedaron con sus leyes, en la edad de piedra. Regulando lo que poco conocen sin tocar siquiera lo que no entienden.

Artículo 222. PERÍODO DE PROPAGANDA ELECTORAL. “El último día para realizar propaganda electoral es el día lunes anterior al día de las elecciones hasta las once horas con cincuenta y nueve minutos (11:59 P.M.) de la noche”. “Fuera de los plazos establecidos en el presente artículo, queda prohibida la propaganda electoral mediante la utilización de la televisión, la radio, periódicos escritos, revistas, vallas publicitarias en sitios o lugares públicos, altoparlantes fijos o móviles”. (Ajá, ¿y qué dispone la ley sobre las escandalosas redes sociales? ¿Las armas que facilitan los gigantes tecnológicos a bandos fanatizados –de zombis robotizados controlados por algoritmos– para que el bestial enfrentamiento no se detenga?). Otra disposición: Artículo 223. SILENCIO ELECTORAL. “Dentro de los cinco (5) días calendario anteriores a las elecciones primarias y generales, quedan prohibidas las manifestaciones públicas, toda propaganda política, la divulgación de resultados totales o parciales de encuestas o sondeos de opinión pública, material impreso, audiovisual, electrónico, radiofónico magnético o de cualquier índole”. Artículo 241. DIVULGACIÓN DE RESULTADOS DE ENCUESTAS A BOCA DE URNA. “Queda totalmente prohibido difundir, publicar o comentar el día de celebración de las elecciones, de manera directa o indirecta, resultados totales o parciales de encuestas, sondeos de opinión, encuestas a boca de urna. Solo pueden publicarse hasta después de tres (3) horas del cierre total de la votación a nivel nacional, decretado por el Consejo Nacional Electoral (CNE)”.

(Obsoleta la norma. ¿Cómo impiden que durante esas denominadas etapas del silencio haya silencio en ese otro mundo paralelo donde se dispara a mansalva? ¿Cómo detienen y a quién castigan porque se transmitan encuestas –reales o inventadas– por medio de las ágiles aplicaciones de los aparatitos inteligentes, –más inteligentes que sus dueños– si toda esa tecnología digital es parte de la telaraña con que los gigantes tecnológicos de Silicon Valley explotan estos mansos mercados? Entre más enganches obtengan y más retransmisiones contabilicen, más contribuye el adicto público al tesoro multimillonario de los magnates que gobiernan el mundo. ¿Cómo van a detener la transmisión de encuestas de boca de urna –desde tempranas horas de la mañana cuando inicie la votación, con actualizaciones durante el día– difundidas por esas mismas aplicaciones y reenviadas a los contactos por una caterva de chismosos?). Artículo 227: PROPAGANDA ELECTORAL ANÓNIMA. “Se prohíbe la propaganda anónima, entendiéndose esta como aquella en que no pueda determinarse la persona natural o jurídica que la promueva y contrate”. (¿No se han dado cuenta que la mayor parte de la transmisión de mensajes anónimos, de cobardes escondidos detrás de perfiles ficticios que no dan la cara, sin forma de detectar quiénes sean, sucede en el ámbito de las redes sociales?). Segundo párrafo del mismo artículo: “Los propietarios, directores o gerentes de imprenta, medios de comunicación en general, o empresas publicitarias son responsables, por la impresión, transmisión o publicación de la propaganda anónima”. (Ya ven, solo le caen encima a la prensa tradicional, a lo que era antes que el Internet irrumpiese en la vida de la frívola sociedad, porque las leyes están hechas para una realidad del pasado, hoy inexistente). (Despierten. Actualícense. Que hasta el Sisimite en su inhóspita morada, aunque hasta allá no llega la señal, está al tanto que hace años inventaron el Internet. Gozando que no se hayan percatado que van a un período de silencio atronador).

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