Urge endurecer la seguridad a menores

MA
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7 de noviembre de 2020
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12:19 am
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Urge endurecer la seguridad a menores

La necesidad de neutralizar la infodemia

Coronel ® José Antonio Pereira Ortega

El entorno mediático nacional ha cubierto en las últimas semanas algunos casos de violencia infantil y robo contra menores, entre ellos una mención especial sobre el incremento de robo de niños y niñas, atribuidos a bandas de robachicos que pareciera se han fortalecido con las actuales condiciones vulnerables en seguridad personal, generadas por las condiciones de la bioseguridad como ser el uso de la mascarilla, caretas, gorros, etc., que de alguna manera esconde el rostro de los pícaros, permitiéndoles desplazamientos y encubrimientos seguros para cometer todo tipo de fechorías.

Lo condenable, es que nos hemos vuelto indiferentes como autoridades, como padres de familia, tutores, iglesias, sociedad civil, etc., ante esta pandemia social que crece día a día y muta en diferentes formas por esa silente complicidad, desestimando que la violencia contra los niños y niñas no es ni debe ser justificable ni aceptable, por el contrario, si bien es cierto, los estados por ley están obligados a proteger a todos los niños y niñas de toda forma de violencia, pero la responsabilidad primaria es de los padres de familia, es en el hogar donde se promueven los más nefastos cuadros de violencia tanto la doméstica como la intrafamiliar, los menores recogen los malos ejemplos y los utilizan como moldes normales de comportamiento en su desarrollo en la vida.

En suma, hay una irresponsabilidad compartida del Estado y el núcleo familiar y social, así como el estamento social complementario al desarrollo y educación de los menores, entre ellos los centros de educación, en que los niños y niñas conviven, experimentan una continua contaminación de violencia, odio, discriminación, y lo peor, se acepta como una normalidad, desembocando en un desmarque de la responsabilidad y se culpan unos y otros, en vez de buscar cómo resolver el problema toral: la violencia en y contra los menores.

De tal forma y sin protección los menores desesperados, han buscado alternativas como la asociación o pertenencia a grupos con clara inclinación criminal como las maras, pandillas y organizaciones delictivas que sustituyen la ausencia paternal y el descuido del Estado en el cuidado de los menores expuestos a los más execrables delitos como el robo de niños para la trata de personas, tráfico de órganos y la prostitución, la mutilación genital femenina, explotación en trabajo infantil degradante.

Está claro que esta situación no puede procrastinarse, debe ser abordada y dedicarle la importancia que merece, pero es necesario hacerlo de manera diligente, haciendo a un lado ese nefasto hábito de postergar con mala intención los programas, que sea tratado sin tintes políticos o para levantar perfiles de políticos o personas oportunistas que se dedican a explotar vía ONG, OPD y otras organizaciones gubernamentales creadas para resolver la problemática o combatir el problema, pero no lo hacen, prima el deseo de estirar las probables soluciones para no perder la gallina de los huevos de oro, son acciones condenables explotar el problema en esa forma, si se toma en cuenta que están negociando el futuro de las generaciones en ciernes que van administrar y conducir los destinos del país.

Aunque ya es conocido el descuido reinante en la seguridad y protección de los niños y niñas voy a exponer algunas concepciones legales que la legislación hondureña contempla y por la cual obliga y manda al Estado y a los padres de familia y denotan la negligencia sobre su compromiso constitucional y que aun y cuando el menor es objeto y sujeto de legislación nacional e internacional no cumplen debidamente, aumentando los perjuicios y daños a los menores en riesgo.

Visto así, el estamento legal hondureño respecto de la protección a menores es abundante, desde preceptos constitucionales y lo más explícito es el contenido del Código de la Niñez y la Adolescencia y también en el ámbito internacional lo más significativo es lo instituido en la Convención de los Derechos del Niño un tratado de la Organización de las Naciones Unidas, vigente como ley desde 1990 y de aplicabilidad a los estados parte.
Estos son los contenidos breves a mencionar para efectos de este artículo:

• La Convención establece en forma de ley internacional que los estados partes deben asegurar que todos los niños y niñas -sin ningún tipo de discriminación- se beneficien de una serie de medidas especiales de protección y asistencia; tengan acceso a servicios como la educación y la atención de la salud;…
• La Constitución de la República en su artículo 119 dice: El Estado tiene la obligación de proteger la infancia. En su artículo 121 expresa: Los padres están obligados a alimentar, asistir y educar a sus hijos durante su minoría de edad. Y más claro es el artículo 124: Todo niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
• El Código de la Niñez y la Adolescencia en su artículo 1 dice: Para los efectos legales se entiende por niño o niña a toda persona menor de 18 años… También se protege a los niños en algunos contenidos en el Código de la Familia.

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