De cuatro a seis años de cárcel para quienes se tomen carreteras

ZV/8 de October de 2021/06:40 p. m.

Las penas por usurpación de tierras y tomas de carreteras subieron de cuatro a seis años de prisión, según las reformas al Código Penal, Código Procesal Penal y de la Ley Especial de Lavado de Activos, aprobadas antenoche por el Congreso Nacional.

Las enmieda también amplía el ámbito de este delito a quien se apodere de todo o parte de un inmueble, interrumpa la posesión, derecho propiedad privada u otro derecho real sobre todo o parte de un inmueble y destruya o altere linderos del mismo.

Los diputados opositores, especialmente del Partido Libertad y Refundación (Libre), denunciaron que la reforma lleva dedicatoria para sus simpatizantes que suelen protagonizar actos vandálicos contra los bienes públicos y privados durante sus marchas.

La reforma castiga con la misma pena a quien con violencia en las personas o sobre las cosas, amenazas, engaño, de forma oculta, clandestina, mediando aviso de confianza ocupa total o parcialmente un inmueble en perjuicio de quien ejerce sobre el mismo el derecho de propiedad, posesión y otro derecho real.

Asimismo, quien ocupa desautorizadamente sin ánimo de apropiarse e incorporar su patrimonio personal, un inmueble, vivienda o edificio ajeno que no constituya morada, indistintamente de si se trata de titularidad pública o privada.

Además, quien usurpe un bien inmueble, derecho real o detente el suelo o espacio correspondiente al derecho de uso de bienes públicos como el derecho de vía, carretera, calle, jardín o de cualquier otro bien raíz del Estado o de las municipalidades con el propósito de impedir que una persona natural o jurídica legalmente constituida pueda desarrollar o continuar el ejercicio de sus labores afectando el normal desarrollo de sus actividades y derecho.

Los artículos reformados son 219, 248, 312, 325, 328, 373, 374, 378, 379, 386, 439, del Decreto 130-2017 de 18 de enero de 2018 que contiene el nuevo Código Penal de Honduras.

Adiciona además el artículo 378-A al Decreto 130-2017 de 18 de enero del 2018 que contiene el nuevo Código Penal de Honduras.

Deroga también los artículos 296, 353 y 613 del Decreto 130-2017 de 18 de enero de 2018 que contiene el nuevo Código Penal de Honduras.

Además, reformar el Código Procesal Penal contenido en Decreto No. 99-9-E de fecha 19 de diciembre 1999 y sus reformas, mediante la modificación del artículo 54 y la adición de los artículos 26-B y 224-A.

El Congreso Nacional, controlado por el partido de gobierno, reformó al mismo tiempo los artículos 2, 26, 29, 30, y 47 del Decreto No. 144-2014 que contiene la “Ley Especial contra el Lavado de Activos” e interpretó el tercer párrafo de Código Procesal Penal contenido en Decreto No. 99-9-E. (EG)